INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE DETERMINAN LOS CRITERIOS Y CONDICIONES QUE HAN DE REGIR LAS AUTORIZACIONES DE USO GRATUITO DE LAS SALAS MUNICIPALES QUE DEPENDEN DE LA SECCIÓN DE JUVENTUD Y ALBERGUES

1.- SALAS

Se podrá autorizar el uso de las siguientes salas ubicadas en el Centro Joven Kontadores:

• Sala Digital (1)
• Sala de espejos (2)
• Taller (3)
• Taller (4)
• Salón de Actos

2. AUTORIZACIONES DE USO GRATUITO

La utilización gratuita de una sala se autorizará cuando el solicitante sea un grupo o asociación de carácter social, cultural y deportivo sin ánimo de lucro y el evento sea de carácter social, cultural o deportivo y de interés para el centro en función de su programación.

Tendrán prioridad los grupos cuyos miembros sean jóvenes o que trabajen en el sector juvenil.

2.1. CRITERIOS GENERALES PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO GRATUITO

2.1.1 Para la autorización del uso t1e las salas prevalecerán los siguientes criterios:

• Programación del centro.
• Disponibilidad de personal.
• Acciones relacionadas con el sector infancia y juventud.

2.1.2. Los actos a celebrar deberán ser abiertos y gratuítos, salvo excepciones justificadas autorizadas por Donostia Gazteria.

Los eventos que se celebren deberán ajustarse a los horarios del centro y no podrán perturbar la programación del mismo ni interferir en su funcionamiento diario.
Todo lo que quede fuera de este horario se hará de acuerdo con los criterios de las personas responsables, teniendo en cuenta el personal y la programación

2.1.3. La autorización de uso de una sala no implica que la persona solicitante pueda disponer de un espacio privado en su interior ni que el centro pueda ser considerado como sede de su asociación.

2.1.4. El/la autorizado/a se obliga a utilizar por sí mismo el inmueble y no podrá ceder a terceros, total o parcialmente y por cualquier título, el inmueble.

2.1.5. El/la autorizado se compromete a que todas las per- sonas que participen en el evento cumplan con:

• Normas de Seguridad e Higiene Municipales.
• Horario.de uso habitual.
• Normas de acceso y uso que determine el centro.

2.1.6. El/la autorizado/a asumirá las siguientes responsa- bilidades:
• Dejar la sala en el mismo estado que estaba.
• De los daños que por uso o falta de diligencia en el mantenimiento puedan producirse en las salas durante el ejercicio.

El/la autorizado/a deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad, debiendo presentar junto con la solicitud declaración responsable de suscripción de la misma.

2.1.7. Donostia Gazteria deberá autorizar previamente cualquier modificación, transformación o señalización ne- œsaria en los locales. En este caso, siempre deberá ser provisional o temporal y no se podrán utilizar elementos que requieran fijaciones en suelos, paredes o techos.

2.1.8. Esta autorización no supone la utilización del perso- nal del centro para tal fin, ni la utilización de su equipa- miento técnico o material. En caso de necesidades espe- ciales de equipamiento, deberán figurar en la solicitud y contar con la autorización de Donostia Gazteria.

2.1.9. No se podrá utilizar el teléfono o los materiales de las oficinas (impresora, fotocopiadora...) ni cualquier otro servicio fuera de la sala.

2.1.10. En el caso de Donostia Gazteria considere necesaria la presencia de una persona vigilante jurado para controlar las entradas o salidas de las personas que vayan a realizar el evento, los gastos correrán a cargo de la autori- zada. De igual modo en caso de que se contrate otro per- sonal

2.1.11. Donostia Gazteria figurará como colaboradora en toda la publicidad que genere el uso autorizado.

2.1.12. Donostia Gazteria podrá revocar la autorización cuando se perciba que la actividad difiere de la solicitada, por necesitar el propio centro la utilización de sus instalaciones o por cualquier otra causa de entidad suficiente.

3. AUTORIZACIÓN PREVIO PAGO DE PRECIO PÚBLICO

En los casos en los que no se autorice la autorización gratuita de uso se cobrará el alquiler por la utilización, de acuerdo con los precios públicos vigentes.

3.1. CRITERIOS GENERALES PARA LA AUTORIZACIÓN

3.1.1 Para la autorización de uso de las salas prevalecerán los siguientes criterios:

• Programación del centro. En caso de que haya actividad programada en Kontadores, ésta tendrá prioridad por lo que podrá denegarse la autorización.
• Disponibilidad de personal.
• Contar con el visto bueno de Donostia Gazteria

3.1.2. Los eventos que se celebren deberán ajustarse a los horarios de los centros, no pudiendo perturbar—la pro- gramación de los mismos ni perturbar su funcionamiento diario. Todo lo que quede fuera de este horario se autori- zará conforme a los criterios de Donostia Gazteria , teniendo en cuenta el personal y la programación.

3.1.3. La autorización de uso de una sala no implica que el/la autorizado/a pueda considerar el centro como sede de su entidad.

La persona autorizada se obliga a utilizar por sí misma el inmueble y no podrá ceder a terceras personas, total o parcialmente y por cualquier título, el inmueble.

La presente autorización queda expresamente excluido de la Ley de Arrendamiento Urbano.

3.1.4. El/la autorizado/a se compromete a que todas las personas que participen en el evento cumplan con:

• Normas de Seguridad e Higiene Municipales.
• Horario de uso habitual.
• Normas de acceso y uso que determine el centro.

3.1.5. La persona autorizada asumirá las siguientes res- ponsabilidades:
• Dejar la sala en el mismo estado que estaba.
• De los daños que por uso o falta de diligencia en el man- tenimiento puedan producirse en las salas durante el ejercicio.

El/la autorizado/a deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad, debiendo presentar junto con la solicitud declaración responsable de suscripción de la misma.

3.1.6. Donostia Gazteria deberá autorizar previamente cualquier modificación, transformación o señalización ne- œsaria en los locales. En este caso, siempre deberá ser provisional o temporal y no se podrán utilizar elementos que requieran fijaciones en suelos, paredes o techos.

3.1.7. La presente autorización no supone la utilización del personal del centro para tal fin, ni la utilización de su equi- pamiento técnico o material. En caso de necesidades es- peciales de equipamiento, deberán figurar en la solicitud y contar con la autorización de Donostia Gazteria.

3.1.8. No se podrá utilizar el teléfono o los materiales de las oficinas (impresora, fotocopiadora...) ni cualquier otro servicio externo a la sala.

3.1.9. En el caso de que Donostia Gazteria considere ne- cesaria la presencia de una persona vigilante jurado para controlar las entradas o salidas de las personas que vayan a realizar el evento, los gastos de la misma correrán a car- go de la persona solicitante, así como del personal extra- ordinario a contratar.

3.1.10. La Oficina de Juventud y Albergues podrá resolver la autorización cuando se perciba que la actividad difiere de la solicitada, por necesitar el propio centro la utilización de sus instalaciones o por cualquier otra causa de entidad suficiente.

4. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUDES

1. El/la persona solicitante deberá cumplimentar la solici- tud completando todos los datos que se soliciten y hacer constar que cumplirá todos los requisitos establecidos.

2. La solicitud podrá realizarse tanto de forma telemática, a través de la página web municipal, como de forma pre- sencial. Cuando se realice de forma presencial se entregará al/ a la solicitante una copia de la solicitud.

3. La solicitud debera realizarse con antelación para asegurar el correcto funcionamiento del Centro.

4. Los/las responsables del equipamiento revisarán la soli- citud, su adecuación a las condiciones y la disponibi|dad de la sala. La Sección de Juventud y Albergues analizarà la solicitud y dará la correspondiente respuesta, aceptada o denegada, y determinará si se trata de una cesión o previo pago de precio público.

5. En los supuestos autorización de previo pago de precio público, éste se cobrará conforme a los precios públicos vigentes. El ingreso se realizará en una cuenta corriente del Ayuntamiento.

6. Las salas se dispondrán de la siguiente manera:
Salón de actos: sala vacía y sillas apiladas a un lado Talleres: con el mobiliario existente
Sala de espejos: vacía
Sala digital: Con los equipos informáticos propios de la sala.

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